Los padres que se han divorciado, o bien han terminado la relación sentimental, y quieren viajar al extranjero con sus hijos, se enfrentan al problema de sí es necesario contar con el consentimiento del otro progenitor, y es ahí donde entran las dudas: ¿es necesaria una autorización expresa?; en caso de no tenerla, ¿se puede solicitar una autorización judicial?; en caso de no tener ninguna de estas autorizaciones, ¿se les permitirá el acceso por el control policial?.
El disfrute de los hijos en el periodo vacacional, es una tarea que en muchos casos no es fácil, llegar a un entendimiento no siempre es sencillo y puede ser objeto de conflicto entre los padres, que aumentan si se pretende viajar fuera del país de residencia, puesto que aquí es dónde podemos encontrar los mayores problemas.
Para el caso de viajes dentro del territorio nacional con los menores, no debería de existir ningún problema, pues tras el divorcio o ruptura, entre los padres no es necesario un consentimiento del otro para realizar estos desplazamientos nacionales, incluidos los viajes en avión (por ejemplo, si queremos viajar a Canarias).
Esta es la regla , salvo que conste de forma contraria en la sentencia o en el convenio regulador, pero sí que será necesario, dependiendo del caso, el DNI o Pasaporte (en el ejemplo anterior, si queremos viajar en avión a Canarias, nos pedirán el DNI del menor).
¿Qué pasa si el otro progenitor no quiere entregar el DNI del niño para evitar así que se vaya de viaje?
Ante estas situaciones, deberemos requerir judicialmente a ese padre que se niega, para que cumpla con su obligación de entregar al niño tanto con ese documento de identidad, como con su tarjeta sanitaria.
La respuesta DEPENDE DEL CASO:
Y es que, ante todo, no debemos olvidar que se trata de menores de edad, que gozan de una mayor protección, y por eso, los agentes policiales en los controles fronterizos, examinarán minuciosamente la documentación aportada para la salida del territorio nacional, con el objeto de evitar sustracciones ilícitas y viajes donde el riesgo de no retorno del menor es muy acusado. Por ello, podrán exigir, si así lo estiman conveniente, además del DNI o pasaporte del menor, las autorizaciones de ambos progenitores, junto con los datos concernientes al destino y fecha de retorno del menor. Por eso, nuestro consejo es SIEMPRE contar con la autorización expresa del otro progenitor para viajar con los hijos menores al extranjero.
¿Dónde y cómo se solicita dicha autorización o permiso?
Las autorizaciones de los padres para que los menores puedan viajar al extranjero se pueden solicitar ante la Policía o Guardia Civil de la localidad de residencia del menor. Adjuntamos el siguiente enlace de la página del Ministerio del Interior: https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/normativa/declaracion_permiso_viaje_menores.pdf
Además no tiene coste alguno, puede obtenerse en la misma Comisaría de Policía donde se solicita, pero se debe tener en cuenta que solo tiene una validez de 30 días.
¿Qué hay que hacer si el otro progenitor se niega a dar la autorización?
Si el padre que no viaja se niega a conceder la autorización o permiso, la misma podrá recabarse del Juzgado (del juez que dictó la sentencia de divorcio o medidas, o del de residencia de los menores, dependiendo del caso). El juez valorará las circunstancias que rodean el viaje planeado y decidirá al respecto.
Se tramita a través del procedimiento que viene regulado en la Ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción Voluntaria, y conviene hacerlo con suficiente antelación antes del viaje.
Como hemos dicho anteriormente, el viaje de menores, o con ellos, está sometido a restricciones específicas. Por lo que la policía de fronteras, tanto en el espacio Schengen como fuera de él, prestan una especial atención a los menores aunque viajen acompañados.
En caso de que viajen solos, el agente de fronteras exigirá, además de la identificación de los menores, y en su caso, de las terceras personas con las que viaje, la autorización de ambos progenitores.
Si el menor viaja con uno de los progenitores, y aunque no exista sentencia de divorcio o medidas que expresamente prohíba la salida del territorio nacional, es muy probable que el agente de fronteras exija la autorización del otro progenitor, más aún cuando tenga sospechas de riesgo de sustracción del menor al progenitor que ostenta la custodia.
En definitiva.
A pesar de que en la sentencia de divorcio no prohíba la salida del territorio nacional, aconsejamos tener el permiso o autorización del otro progenitor para poder viajar al extranjero (sobre todo, cuando es fuera del territorio Schengen).
Por tanto, si el otro progenitor se niega a darlo, deberíamos consultar a un abogado experto en familia a fin de recabar la autorización judicial.