Tanto los consumidores con una hipoteca referenciada al IRPH (en un artículo anterior examinábamos qué era el índice IRPH y sus peculiaridades ), como también los Bancos están expectantes ante lo que vaya a dictaminar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia sobre la validez de este índice.
Existe fundado temor en las entidades bancarias sí se confirma lo que apuntaba el Abogado General de la UE en su informe presentado el 10 de septiembre de 2019. En dicho Informe concluía que un índice de referencia no es transparente por el mero hecho de ser oficial.
Esto significa, ni más ni menos, que al contrario de lo indicado por el Tribunal Supremo, el IRPH puede ser objeto de un control judicial para ver si es abusivo o si se comercializó de forma transparente.
Y es que está claro que las entidades bancarias, cuando contrataron las hipotecas con este índice, no informaron a los consumidores sobre sus características, máxime tratándose de un índice con una fórmula de cálculo muy oscura, compleja y poco transparente, ni mucho menos se les dio a elegir sobre los distintos índices a los que podían optar.
Por tanto, las entidades financieras están alarmadas ante lo que se les puede venir encima: entre 3.000 millones de euros (según Morgan Stanley), y más de 44.000 millones (según Goldman Sachs). Poca broma.
Los consumidores, por su parte, están expectantes e impacientes, más si cabe, por cuánto se juegan mucho: tienen en juego miles de euros que podrían reclamar a su entidad financiera (unos 25.000 euros más de media por hipoteca, entre 250 y 300 euros mensuales de sobrecoste).
Por tanto, todos, consumidores, entidades bancarias, y operadores jurídicos, estamos a la espera de la resolución del TJUE, de la que primero se dijo que iba a salir antes de final del año 2019, luego en enero, que se está demorando un poco más de lo previsto (fuentes judiciales hablan de que saldrá antes de marzo).
Finalmente parece ser que el próximo 3 de marzo, el Tribunal de Justicia de la UE despejará las dudas sobre cómo deben actuar los juzgados españoles con las hipotecas referenciadas al IRPH.
Los bancos más expuestos a pérdidas en caso de que la sentencia sea favorable a los consumidores son:
¿Nuevo revés para los Bancos, y nuevo tirón de orejas para “nuestro” Tribunal Supremo?
Quedaría por ver si el TJUE le vuelve a sacar los colores a nuestro Tribunal Supremo, como ya hizo con los efectos retroactivos de la cláusula suelo. Recordemos que el Tribunal Supremo dijo que el índice IRPH era perfectamente legal, y no podía ser sometido a control de abusividad, por el mero hecho de ser un índice oficial.
Tras los reveses judiciales sufridos con las hipotecas multidivisas, las cláusulas suelo, los intereses de demora abusivos o las cláusulas de vencimiento anticipado, el frente judicial de las IRPH puede suponer un nuevo revés para la banca y, por extensión, para nuestro Tribunal Supremo, que quedaría nuevamente retratado al ver cómo la justicia europea vuelve a rectificar una de sus sentencias.